Sobrecalentamiento Fujifilm X-S10

Buenas tardes.

Una persona de la tienda donde compré la cámara ha quedado en hablar con el comercial de Fuji y me va a tener informado de la respuesta que le den.

Y mañana mantendré una conversación con una persona de Fuji que ha quedado en llamarme.

Ya veremos.

Gracias y saludos
Has probado de poner una tarjeta de alta velocidad de escritura, que por probar no quede... un amigo le pasaba con olympus y al final era la tarjeta de memoria
 
Has probado de poner una tarjeta de alta velocidad de escritura, que por probar no quede... un amigo le pasaba con olympus y al final era la tarjeta de memoria
Se me había ocurrido y he comprado ayer una Lexar SDXC 633x de 64GB que no he podido probar. Hasta ahora usaba las Sandisk SDHC I y he probado con las tres que tengo y en todas pasaba lo mismo.

Ya veremos.

Saludos
 
Esta mañana he recibido respuesta al mail que le envié a Fujifilm cuando recibí la cámara del SATy según decía el informe estaba perfectamente.

Al parecer la X-S10 la sirven caliente como las pizzas...

Pego el mail tal cual lo he recibido:

"Buenos dias Jose,

Este modelo de camara por norma tiene un calientamiento cuando en uso.

Su equipo estuve en testes algunos dias, incluso abrimos la camara para inspeccion interna de componentes.

Ademas, hicimos testes comparativos con otras camaras iguales y el calientamento es el mismo.

No consideramos que la camara tiene algun defecto pero si, una caracteristica del modelo.

Todavia si considerais que algo no esta bien, podemos pedir nueva recogida de su equipo y verificar de nuevo.

Perdona las molestias,

Saludos cordiales,

Fujifilm Camera Repair Service
Imaging Solutions Division

SEGUIMIENTO DE SU REPARACIÓN

phone. +351 223 205 193
email: [email protected]

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Director General


Pedro Mesquita"
Pues entonces será que mi unidad viene mejor refrigerada de lo normal, porque eso del calentamiento como característica del modelo...🤷‍♂️🤷‍♂️🤷‍♂️
 
La garantia legal no la da el fabricante. La da el vebdedor, es lo que dice la ley.

Asi que exige tu derecho, se la llevas y que te la arregle o den otra (a tu discrección).

Tampoco son quince dias, no recuerdo bien pero creo que eran seis meses.
En ese tiempo serian ellos los obligados a demostrar que no tiene problema o el problema es por mal uso, de no ser asi el problema se le supone preexistente.
Asi que llevala a la tienda y si no te dan solucion, ponles todo por escrito y denuncia.

Si ellos lo llevan al sat o lo que sea, es su problema.

En cualquier caso ponlo todo por escrito y con acuse de revibo, no te vengan ñuegp con que esta fuera de plazo.

Y cambia de tienda para la proxima.

Con el tiempo que dices que la llevadte, no tienen disculpa.
Luego de quejan de que la gente compre en amazon.
 
Última edición:
Eso no es cierto.
La garantía la tiene que ofrecer el fabricante por ley, siempre que se cumplan las condiciones que exige.
 
Revisa la ley porque no es así (a no ser que lo hayan vuelto a cambiar recientemente y yo no me haya enterado).
Hace tiempo se discutió en OjoDigital ampliamente, se analizó la redacción y participaron abogados (en la discusión).

La ley europea lo que dice es que la garantía ante el consumidor final la da el vendedor y tiene dos años de garantía.
Durante (creo recordar) 6 meses es el garante el que tiene que demostrar que no hay defecto o bien se ha debido a mal uso, el defecto se le presupone de fábrica.
Únicamente en caso de que el vendedor ya no esté disponible (por cierre de negocio, por ejemplo) ha de dirigirse el consumidor al fabricante.

Incluso te otorgaba el derecho a exigir la devolución del dinero o cambio por otra unidad (aunque eso lo han ido matizando posteriormente).

Lo que ofrecen los fabricantes es una garantía voluntaria a parte de la legal y ahí pueden ofrecer lo que quieran.
Pero si quieres poder ejercer tus derechos legales, la reclamación la has de poner ante tu vendedor.

Esto lo han hecho así en parte para favorecer la competencia y que un vendedor español pueda comprar a un distribuidor alemán (tendrá que ponerse de acuerdo con él sobre qué cobertura le darán frente a garantías).

Así que yo le pondría la reclamación por escrito, que me la firme (o mandada con acuse de recibo o burofax) y que quede registrada queja y fecha.

Amazon lo tiene bastante claro, muchos minoristas se escaquean todo lo que pueden.
 
Última edición:
Estoy al corriente de las leyes.
Bueno, yo no, mi gestor, que me mantiene informado.
Soy partner de HP, Dell, Lenovo, ...
Proveo de equipamiento informático a empresas.
Y la garantía la da el fabricante.
Yo solo tengo que preocuparme de comprar el equipamientp por los canales adecuados (que los marca el fabricante) para que la garantía sea válida en España.
Yo no soy responsable de que HP haya fabricado un portátil defectuoso, faltaría más.
 
La ley no hace para nada referencia a los contratos con empresas.
La ley del garantías al consumidro hace referencia exclusivamente a consumidores finales (vamos los que pagan el IVA).
Cuando yo compro equipos para la empresa la garantía la da el fabricante, y muchas veces no es de dos años si no de uno.

Tu no eres responsable del equipo defectuoss pero sí de atender lo que has vendido (y devolvérselo si cabe al fabricante o exigirle su reparación, eso formará parte de tus acuerdos y contratos con el fabricante).

BOE.es - BOE-A-2003-13863 Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.

Y en concreto su artículo IV

Artículo 4. Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor.​

El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien. En los términos de esta ley se reconoce al consumidor el derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio y a la resolución del contrato.

La renuncia previa de los derechos que esta ley reconoce a los consumidores es nula, siendo, asimismo, nulos los actos realizados en fraude de esta ley, de conformidad con el artículo 6 del Código Civil.

Como ves menciona al vendedor, no al fabricante.

Y el V em cuanto al derecho del consumidor a exigir su reparación o a devolverlo, aunque ahí hay muchos aspectos matizables (respecto a bienes consumibles sobre todo):

Artículo 5. Reparación y sustitución del bien.​

1. Si el bien no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el bien en conformidad con el contrato.

2. Se considerará desproporcionada toda forma de saneamiento que imponga al vendedor costes que, en comparación con la otra forma de saneamiento, no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el bien si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor.
 
“El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien.”
En el momento de la entrega del bien, lo que se conoce como DOA, dead on arrival.
Una vez puesto en marcha, por ley el fabricante se hace cargo de cualquier defecto que tuviera con posterioridad.
 
Como te dice luego, durante los seis primeros meses es él quien ha de demostrar que no existía el defecto en el momento de la entrega, se le presupone, salvo demostración en contra.

Y como te digo esa ley no se aplica a productos de empresa.

Artículo 10. Acción contra el productor.​

Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del bien.
 
Última edición:
Solamente tienes que leer las concidiones de garantía que te ofrece el fabricante, que por ley tienen que incluirlas en la caja.
 
Como te dice luego, durante los seis primeros meses es él quien ha de demostrar que no existía el defecto en el momento de la entrega, se le presupone, salvo demostración en contra.

Y como te digo esa ley no se aplica a productos de empresa.
Vamos a ver.
Mi referencia a mis clientes empresa la hacía para explicarte que conozco en profundidad como va tema de garantías.
Y sea persona física o jurídica, tal como dice la ley, es el cliente final quien debe dar, en el momento de la entrega, su validez al funcionamiento del producto (hay unos días de margen).
Una vez superado esto (la ley lo llama contrato), el papelito que incluye el fabricante dentro de la caja (también por ley) te explica que él se hace cargo de la garantía y como debe tramitarse.
De todas formas, no soy letrado, mi gestor sí y me va bien con él para estas interpretaciones.
 
El contrato es por la entrega de un bien en las condiciones que se fijan de funcionamiento y no es sólo en el momento de la entrega, como queda bastante claro creo yo en el artículo 10.

La garantía que da el fabricante en la cajita es voluntaria (como viene claramente especificado en la mayoría de dichas garantiás).

Pero vamos cada uno haga lo que quiera, yo tengo claro en caso de problemas a quien le voy a reclamar en primer lugar y si no me hace caso por escrito para que quede clara constancia y de ahí a consumo, para que todas esas explicaciones se las de el vendedor al de consumo.
 
No te olvides de que la ley habla de “en el momento de la entrega”.
Si yo te vendo una cámara, no estamos ya en el periodo del DOA, y me la traes para gestionar la garantía, yo la mandaré al fabricante (es lo único a lo que me obliga la ley, porque no soy SAT autorizado) y te la devolveré con el informe del fabricante.
Y si éste dice que no tiene ningún problema, este informe es el que me sirve a mi de justificación de lo que sea necesario.
En cualquier caso, y siempre fuera del periodo del DOA, se hace cargo el fabricante.
 
Volviendo un poco al tema principal; yo he notado en la Xpro2 que si la tienes encendida durante un tiempo considerable en detección de rostros y AF-C se pone bastante calentita por la cantidad de proceso que se le exige al Micro. Cosa que no me pasa en modo S y sin detección de rostro/ojo. No se en que modos estas trabajando, pero supongo que si es en algo parecido (no siendo mi cámara de la generación de la tuya) sea algo parecido. Por eso hay compañeros que no les pasa lo mismo.
 
Volviendo un poco al tema principal; yo he notado en la Xpro2 que si la tienes encendida durante un tiempo considerable en detección de rostros y AF-C se pone bastante calentita por la cantidad de proceso que se le exige al Micro. Cosa que no me pasa en modo S y sin detección de rostro/ojo. No se en que modos estas trabajando, pero supongo que si es en algo parecido (no siendo mi cámara de la generación de la tuya) sea algo parecido. Por eso hay compañeros que no les pasa lo mismo.
Buenos días.

Pues no utilizo ni la detección de rostros ni el enfoque continuo.

Saludos
 
De: La experiencia de la X-S10
"El equipo disipa bastante bien el calor a pesar del tamaño por lo que no tendrás problemas con el calentamiento de la unidad."

Insiste a Fujifilm, aunque te iría muy bien poder compararla con otra X-S10, para tener claro que es un problema de tu unidad en concreto, creo que ya lo dije un poco más arriba.
 
Desde Fujifilm-connect, te llaman por teléfono.
A ver si tienes más suerte.
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De: La experiencia de la X-S10
"El equipo disipa bastante bien el calor a pesar del tamaño por lo que no tendrás problemas con el calentamiento de la unidad."

Insiste a Fujifilm, aunque te iría muy bien poder compararla con otra X-S10, para tener claro que es un problema de tu unidad en concreto, creo que ya lo dije un poco más arriba.
Buenos días.

El viernes me llamó un comercial de Fujifilm y esta semana Fuji me va a prestar una cámara igual a la mía para que la tenga unos días probándola. Si se comporta igual que la mía pues punto y final, si por el contrario no se calienta se solicitaría un cambio de equipo a Fujifilm.

Ya iré contando cómo me va con todo esto.

Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones.

Saludos
 
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